¿Quién puede convocar a la Asamblea General?

En la Ciudad de México

  • El administrador: Es la persona responsable de convocar a las asambleas ordinarias y extraordinarias, según lo establecido en la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para la Ciudad de México y el Reglamento Interno del condominio.

  • Los condóminos: Un grupo de condóminos que representen al menos el 20% del valor total del condominio también puede solicitar la convocatoria de una asamblea extraordinaria.

  • El juez: En caso de que el administrador no cumpla con su obligación de convocar a la asamblea, un juez puede hacerlo a petición de cualquier condómino.


¿Cuándo se debe convocar a la Asamblea General?

  • Asambleas ordinarias: Se deben celebrar al menos una vez al año, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal del condominio.

  • Asambleas extraordinarias: Se pueden celebrar en cualquier momento para tratar asuntos urgentes o que no puedan esperar a la próxima asamblea ordinaria.


¿Cómo se convoca a la Asamblea General?

  • La convocatoria debe hacerse por escrito y con al menos 15 días de anticipación a la fecha de la asamblea.

  • La convocatoria debe incluir el lugar, la fecha, la hora y el orden del día de la asamblea.

  • La convocatoria debe entregarse personalmente a cada condómino o enviarse por correo certificado con acuse de recibo.


Además de lo anterior, la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para la Ciudad de México establece algunos requisitos específicos para la convocatoria de asambleas extraordinarias, tales como:

  • La convocatoria debe indicar la causa o motivo de la asamblea extraordinaria.

  • La convocatoria debe ser firmada por el administrador o por los condóminos que la solicitan.


Es importante recordar que la Asamblea General es el órgano supremo del condominio y que todas las decisiones que se tomen en ella son vinculantes para todos los condóminos. Por lo tanto, es importante que todos los condóminos participen en las asambleas y que se enteren de los asuntos que se discutirán en ellas.


Si tiene alguna duda sobre la convocatoria de la Asamblea General, puede consultar a un abogado o a la Procuraduría Social de la Ciudad de México.


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